Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (conocido por sus siglas en inglés USCIS) ha creado un nuevo Formulario 1-131 F, Solicitud de Permiso de Estadía Legal Condicional (Parole in Place) para Ciertos Cónyuges e Hijastros de Ciudadanos Estadounidenses que están presentes en el país sin autorización, bajo el programa de Permiso de Estadía Legal Condicional (Parole in Place) para Mantener Juntas a las Familias (El programa se conoce como “Parole in Place” y por sus siglas en inglés “PIP”).
El Proceso de solicitud
Las solicitudes solo se aceptarán a través de la presentación en línea a través de myUSCIS. Por lo tanto, no se aceptarán solicitudes en papel. Las solicitudes de PIP/Formulario 1-131F estarán disponibles a través de las cuentas de myUSCIS de clientes y abogados.
Si un solicitante presenta la solicitud en su nombre y luego solicita ser representado por un abogado, el abogado puede presentar electrónicamente un Formulario G-28 (para reconocimiento de representación legal) para ese caso.
Cada solicitante debe presentar un Formulario 1-131F con una tarifa de presentación de $580. No hay exenciones de tarifas disponibles para el Formulario 1-131F.
Los solicitantes deberán presentar datos biométricos y someterse a verificaciones de antecedentes. Los datos biométricos que ya se encuentran en el archivo de USCIS se pueden reutilizar siempre que sigan siendo válidos y cumplan con los estándares actuales. Los datos biométricos recopilados para las solicitudes dentro de los 15 meses posteriores a la fecha de procesamiento pueden reutilizarse. Si el USCIS decide reutilizar los datos biométricos para la solicitud PIP, el USCIS se lo notificará al solicitante mediante un aviso. Es de suma importancia que el nombre del solicitante y otra información de identificación coincidan exactamente con la información de cualquier solicitud/datos biométricos anteriores.
Es posible que se requieran entrevistas como parte del proceso de adjudicación, pero no se espera que se realicen de manera sistemática. Debido a que la aprobación de una solicitud de permiso de estadía legal temporal bajo este programa es discrecional, el USCIS puede rechazar una solicitud sin solicitar más pruebas o notificación previa.
El USCIS no aceptará presentaciones simultáneas con el nuevo formulario. Los solicitantes que deseen solicitar una autorización de empleo o un ajuste de estatus deberán esperar la aprobación del PIP. Sin embargo, pueden presentar una petición independiente del Formulario 1-130 (petición familiar) antes o después de la presentación del PIP.
Requisitos generales de elegibilidad
Hay dos grupos de solicitantes elegibles, a saber, los cónyuges e hijastros de ciudadanos estadounidenses. Las solicitudes se considerarán caso por caso para conceder la Estadía Legal Condicional (PIP) de forma discrecional.
Requisitos de elegibilidad para cónyuges de ciudadanos estadounidenses:
El cónyuge debe
estar presente en los Estados Unidos sin admisión ni algún otra estadía legal condicional o temporal;
haber estado presente de forma continua en los Estados Unidos durante al menos diez años al 17 de junio de 2024; y
haber estado casado legalmente con un ciudadano estadounidense al 17 de junio de 2024.
El cónyuge ciudadano estadounidense debe haber sido ciudadano estadounidense el 17 de junio de 2024 o antes. Si el cónyuge era residente permanente legal en esta fecha o después y posteriormente se convierte en ciudadano estadounidense, el cónyuge no es elegible para solicitar PIP. Un matrimonio se reconocerá como válido para el PIP si es legalmente válido en el lugar de celebración. Sin embargo, existen circunstancias en las que el USCIS puede no reconocer un matrimonio como válido para los fines del programa PIP, incluidas, entre otras:
Uniones civiles, sociedades domésticas u otras relaciones que no confieren los mismos derechos y responsabilidades legales a las partes que en un matrimonio reconocido por una autoridad civil.
Matrimonios que son contrarios a la política pública en los Estados Unidos, incluidos los matrimonios polígamos, los matrimonios que involucran a menores de edad o los matrimonios que involucran a parientes cercanos.
Matrimonios en los que una o ambas partes del matrimonio no son legalmente libres para casarse o no han dado su consentimiento para el matrimonio.
Un solicitante puede ser elegible para solicitar el PIP, incluso si su cónyuge ciudadano estadounidense ha fallecido, siempre que el matrimonio se haya celebrado el 17 de junio de 2024 o antes, y el solicitante no se haya vuelto a casar.
Además, las personas no deben tener antecedentes penales descalificatorios ni constituir de otro modo una amenaza para la seguridad nacional, la seguridad pública o la seguridad fronteriza y, de lo contrario, deben merecer un ejercicio favorable de discreción (consulte la sección a continuación sobre Ejercicio de discreción).
Requisitos de elegibilidad para hijastros de ciudadanos estadounidenses
Los hijastros elegibles pueden presentar la solicitud por separado de sus padres no ciudadanos.
Deben estar presentes en los Estados Unidos sin haber sido admitido ni bajo alguna otra estadía legal condicional o temporal.
Deben tener una relación de hijastro calificado con un padre ciudadano estadounidense, según lo define el Acta de Inmigración y Nacionalidad (INA), al 17 de junio de 2024.
Los hijastros deben ser solteros y menores de 21 años al 17 de junio de 2024.
El USCIS reconocerá la edad de un niño según la Ley de Protección del Estatus del Niño (CSPA). Según la nota al pie 142 de la Notificación de Reglamento Federal (FRN), "la edad de un hijo pariente inmediato se congela cuando se presenta su Formulario I-130 o Formulario I
-360 para protegerlo de que alcance la mayoría de edad antes de poder ajustar su estatus. (Véase INA sec. 201 (f), 8 U.S.C. 1151 (f).)
El padre no ciudadano del niño y el padrastro ciudadano de los EE. UU. deben haberse casado antes del cumpleaños número 18 del niño. (Si el matrimonio entre el padre no ciudadano y el cónyuge ciudadano de los EE. UU. se termina, ya sea por divorcio o muerte de uno o ambos padres, el hijastro aún puede ser elegible para el programa PIP si se contrajo un matrimonio válido el 17 de junio de 2024 o antes, y se cumplen todos los demás criterios).
Los hijastros no están sujetos al requisito de presencia de 10 años. Sin embargo, deben haber estado presentes en los EE. UU. al 17 de junio de 2024 y demostrar presencia física continua desde esa fecha hasta la fecha de presentación.
No se les exige que demuestren que su padre no ciudadano cumple con el requisito de presencia de 10 años.
Además, todas las personas, incluidos los hijastros, no deben tener antecedentes penales descalificatorios ni constituir de otro modo una amenaza para la seguridad nacional, la seguridad pública o la seguridad fronteriza, y deberían merecer de otro modo un ejercicio favorable de discreción.
Antecedentes penales descalificantes o actos que constituyen una amenaza a la seguridad nacional, la seguridad pública o la seguridad fronteriza.
Los solicitantes pueden no ser elegibles para PIP si tienen antecedentes penales descalificantes o constituyen una amenaza a la seguridad nacional, la seguridad pública o la seguridad fronteriza. Ciertos delitos serán automáticamente descalificantes, mientras que otros crean una presunción de inelegibilidad que puede superarse con factores discrecionales positivos. Un solicitante con antecedentes penales que no sean infracciones de tránsito menores debe consultar a un abogado de inmigración con experiencia antes de presentar un I-131F.
Elegibilidad para personas en procedimientos de deportación o con una orden de deportación
Las personas que actualmente se encuentran en procedimientos de deportación, incluidas aquellas cuyos casos fueron cerrados administrativamente o están pendientes de apelación ante la Tribunal de Apelaciones de Inmigración (BIA), pueden solicitar PIP si son elegibles. Después de que se otorga la Estadía Legal Condicional (PIP), la persona deberá tomar medidas para que se vuelvan a programar, se finalicen o se desestimen los procedimientos de deportación para solicitar el ajuste de estado migratorio. Estas personas deben comunicarse con la Oficina del Asesor Legal Principal (OPLA) de ICE de su localidad para solicitar su acuerdo con una petición. Un solicitante que haya estado en proceso de deportación o haya recibido una orden de deportación de los Estados Unidos debe consultar a un abogado de inmigración con experiencia antes de presentar un formulario I-131F.
Ejercicio de discreción
Incluso si un solicitante cumple con todos los criterios de elegibilidad, USCIS examinará la totalidad de las circunstancias para determinar si el solicitante merece una concesión de Estadía Legal Condicional (PIP) bajo el programa PIP como una cuestión de discreción basada en un análisis caso por caso. Los factores para los cuales los solicitantes pueden proporcionar evidencia para establecer que merecen un ejercicio favorable de discreción incluyen, pero no se limitan a, la siguiente lista no exhaustiva:
Lazos comunitarios;
Edad avanzada o joven;
Tiempo de presencia en los Estados Unidos;
Condición como padre o cuidador de un niño ciudadano de los Estados Unidos o padre o pariente político anciano;
Condición como cuidador de una persona con discapacidades, incluidos los parientes políticos o hermanos ciudadanos de los Estados Unidos;
Condición física o mental que requiere atención o tratamiento en los Estados Unidos;
Condición de víctima o testigo de un delito, violación de los derechos civiles o violación de los derechos laborales que esté siendo investigada por una agencia laboral;
Impacto en otros miembros de la familia, incluidos los miembros de la familia que sean ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales;
Condición, o la de su cónyuge ciudadano estadounidense, como miembro actual o anterior del ejército de los EE. UU.; o
Otros factores positivos sobre los que el solicitante desee proporcionar información.
El solicitante debe consultar a un abogado de inmigración con experiencia para presentar la lista más eficaz de factores favorables para que USCIS los considere.
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